sábado, 24 de agosto de 2019

LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL

La auditoría gubernamental es el medio a través del cual se verifica y controla la gestión pública. Se analiza su actividad y economía, que éstas trabajen en torno a la eficiencia y la transparencia, actuando siempre acorde a las disposiciones legales pertinentes y aplicables al caso concreto.


CARACTERÍSTICAS DE LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL:

  • Realiza evaluaciones, estudios, revisiones e investigaciones de la actividad pública.
  • Es una auditoría objetiva, realizada y dirigida por un auditor imparcial.
  • Evalúa las operaciones que se han llevado a cabo (es un análisis a posterior). Asimismo, compara con las normas de rendimiento, de calidad o con disposiciones y principios generalmente aceptados.
  • La auditoría gubernamental concluye con un informe verbal y otro escrito.

OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
  • Promover mejoras y reformas constructivas, en base a criterios críticos y objetivos.
  • Determinar e informar la normativa y programas legales autorizados.
  • Averiguar si los recursos humanos, materiales y económicos se emplean de forma eficiente.
  • Comunicar al resto de organismos y entidades sobre todo aquello que se haya descubierto y sea significativo para ellos.
La auditoría gubernamental sirve, en primer lugar, para analizar cómo se están empleado los recursos que una determinada Administración tiene asignados. Tras ello, se determinarán unas pautas de actuación, para que dicha Administración actúe de manera óptima y emplee los recursos de la mejor manera posible. Así, se dará valor a su imagen de cara a los ciudadanos y a otras administraciones públicas.

TIPOS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
1. AUDITORÍA FINANCIERA
Dentro de esta auditoría financiera, distinguimos 2 subtipos:
  • Auditoría de estados financieros: Su objetivo es el de determinar si los estados financieros de la Administración Pública auditada tienen una lógica, y analiza si las operaciones y resultados del ejercicio se enmarcan dentro de los principios de contabilidad.
  • Auditoría de asuntos financieros: Este tipo de auditoría se centra sobretodo en los programas y actividades diseñados y determinar si actúan dentro de las exigencias legales.
2. AUDITORÍA DE GESTIÓN 
Este tipo de auditoría no se centra únicamente en cómo se asignan y distribuyen los recursos de los que dispone la Administración; sino que analiza también la labor y desempeño de los funcionarios, si éstos actúan en base a la buena fe, trabajando con el objetivo de cumplir las metas y objetivos propuestos.

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
Una institución autónoma es aquella que goza de independencia administrativa y está sujeta a la ley en materia de gobierno. Sus directores responden por su gestión. Es decir, que las instituciones autónomas han tenido su origen en la administración central, de la cual son independientes en lo administrativo y financiero, pero dicha independencia persigue la única finalidad de lograr una mayor eficiencia y especialización en el servicio público o actividades específicas cuya prestación es necesaria para el cumplimiento de los fines del Estado, y es por tales razones que el Estado ejerce un control permanente sobre ellas.


INSTITUCIONES AUTÓNOMAS EN EL SALVADOR 
ANSP - Academia Nacional de Seguridad Pública
ANDA - Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados
AAC - Autoridad de Aviación Civil de El Salvador
AMP - AUTORIDAD MARÍTIMA PORTUARIA
BCR - Banco Central de Reserva de El Salvador
BANDESAL - Banco de Desarrollo de El Salvador
BFA - Banco de Fomento Agropecuario
CAJA MINED - Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación
CEFAFA - Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada
CIFCO - Centro Internacional de Ferias y Convenciones
CNR - Centro Nacional de Registros
CENTA - Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal, Enrique Álvarez Córdova
CEL - Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa
CEPA - Comision Ejecutiva Portuaria Autonoma
CONAMYPE - Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa
CVPCPA - Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría
CONAB - Consejo Nacional de Administración de Bienes
CONAIPD - Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad
CNC - Consejo Nacional de Calidad
CNE - Consejo Nacional de Energía
CONNA - Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia
CONSAA - Consejo Salvadoreño de la Agroindustria Azucarera
CSC - Consejo Salvadoreño del Café
CSSP - Consejo Superior de Salud Pública
CORSAIN - Corporación Salvadoreña de Inversiones
CORSATUR - Corporación Salvadoreña de Turismo
DC - Defensoría del Consumidor
DGCP - Dirección General de Centros Penales
DGME - Dirección General de Migración y Extranjería
DNM - Dirección Nacional de Medicamentos
ENA - Escuela Nacional de Agricultura
FONAES - Fondo Ambiental de El Salvador
FOVIAL - Fondo de Conservación Víal
FISDL / FINET - Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local de El Salvador en transición a Ministerio de Desarrollo Local / Fondo de Inversión Nacional en Electrificación y Telefonía
FOPROLYD - Fondo de Proteccion de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado
FANTEL - Fondo Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL
FONAVIPO - Fondo Nacional de Vivienda Popular
FONAT - Fondo para la Atención a las Víctimas de Accidentes de Tránsito
FOSEP - Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión
FSV - Fondo Social para la Vivienda
FOSOFAMILIA - Fondo Solidario para la Familia Microempresaria
FOSALUD - Fondo Solidario para la Salud
IGSP - Inspectoría General de Seguridad Pública
IGD - Instituto de Garantía de Depósitos
ILP - Instituto de Legalización de la Propiedad (ILP)
IPSFA - Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada
IEESFORD - Instituto Especializado de Educación Superior para la Formación Diplomática
INJUVE - Instituto Nacional de la Juventud
INDES - Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador
INPEP - Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos
ISBM - Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial
ISDEM - Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal
INSAFOCOOP - Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo
INSAFORP - Instituto Salvadoreño de Formación Profesional
ISSS - Instituto Salvadoreño del Seguro Social
ISRI - Instituto Salvadoreño de Rehabilitación Integral
ISTA - Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria
ISTU - Instituto Salvadoreño de Turismo
ISDEMU - Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer
ISNA - Instituto Salvadoreño Para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia
LNB - Lotería Nacional de Beneficencia
NCONACYT - Nuevo Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
PROESA - Organismo Promotor de Exportaciones e Inversiones de El Salvador
PNC - Policía Nacional Civil
RNPN - Registro Nacional de las Personas Naturales
SC - Superintendencia de Competencia
SSF - Superintendencia del Sistema Financiero
SIGET - Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones

TIPIFICACIÓN DE LOS DELITOS DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA



VALORACIÓN PERSONAL: La población de un país espera que el gobierno trabaje para su bienestar y que con los recursos que obtiene cubra las necesidades a raíz de eso la auditoría gubernamental es de vital importancia ya que verifica que todas las instituciones del gobierno sean legales y veraces en su accionar lo que nos lleva a mencionar que cada funcionario tiene que actuar mediante valores morales y éticos para que no puedan caer en delitos que perjudiquen a muchas personas.

FUENTES:
https://soportejuridico.wordpress.com/2011/09/13/%C2%A1es-la-institucion-autonoma-parte-de-un-estado/
https://www.transparencia.gob.sv/categories/2

miércoles, 21 de agosto de 2019

LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONG'S)

¿QUÉ SON LAS ONG´S?

Técnicamente cualquier institución privada podría ser definida como una Organización No Gubernamental. Pero en la práctica se consideran ONG solo las organizaciones que cumplen 3 requisitos:

• Son independientes de las instituciones, de los poderes públicos y los partidos políticos.
• Trabajan por un bien social.
• Y lo hacen sin ánimo de lucro.

O lo que es lo mismo, las ONG son organizaciones que tratan de mejorar el mundo sin buscar en ello un beneficio económico.


CÓMO NACIERON LAS ONG'S

¿Cuándo comienza la historia de las ONG? El término ‘Organizaciones No Gubernamentales’ comenzó a usarse tras la Segunda Guerra Mundial. Antes existían ya algunos grupos de este tipo que buscaban mejorar el bienestar social, y tomaron parte en cuestiones como la abolición de la esclavitud o la lucha por el sufragio femenino. Pero es después de la guerra cuando comienza la historia de las ONG propiamente dicha.


Así, la Carta de las Naciones Unidas que se firmó el 26 de junio de 1945 usa el término en el capítulo X, artículo 71. Y afirma que el Consejo Económico y Social podrá “hacer arreglos adecuados para celebrar consultas con organizaciones no gubernamentales que se ocupen en asuntos de la competencia del Consejo”. Pero la ONU no define estas organizaciones hasta 1950. En concreto, en una resolución del Consejo del 27 de febrero. Una fecha clave en la historia de las ONG, en la que actualmente se celebra el Día Internacional de las ONG.

Ahí la ONU deja claro, además, que no se consideran Organizaciones No Gubernamentales los organismos que proceden de un tratado internacional.

HISTORIA DE LAS ONG'S EN EL MUNDO

Desde 1950 hasta ahora el sector no gubernamental ha ido creciendo y consolidándose, sobre todo en los países occidentales. En las épocas de riqueza han nacido nuevas ONG. Y en los momentos de crisis, algunas han tenido que desaparecer, al igual que en otros ámbitos. Pero a lo largo de la historia de las ONG, estas han ido fortaleciendo también sus redes trasnacionales. Y han conseguido tener un papel destacado en foros como la Cumbre de la Tierra o el Foro Mundial Social, que se celebra cada año en Davos.

Actualmente, existen multitud de organizaciones no gubernamentales repartidas por el mundo. Organismos de ámbito local, nacional o internacional, con temáticas diversas. Desde la lucha contra la pobreza extrema o la exclusión social, a la protección de la infancia, la defensa del medio ambiente o la atención a los mayores.

El marco regulatorio y técnico al cual están sujetos estas entidades se presentan a continuación:
BASES LEGALES 
• Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. 
• Ley de Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento. 
• Ley del Seguro Social y su Reglamento. 
• Ley del Sistema de Pensiones. 
• Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría Pública. 
• Código de Trabajo.
• Código Tributario.

BASES TÉCNICAS 
• Norma de Contabilidad Financiera. 
• Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades.


VALORACIÓN PERSONAL: las organizaciones no gubernamentales son de mucha importancia ya que buscan cuidar y ayudar a las personas, el medio ambiente, etc.
Estas parten de una necesidad que se ve en determinada región o país, cabe mencionar que estas instituciones llevan una contabilidad debidamente formal como otras instituciones.

La situación económica de un país y el mal manejo de sus recursos afecta a la población y si no existieran las organizaciones no gubernamentales muchas personas no tuvieran ayuda como la alimentación, la salud por tal motivo estas instituciones son de vital importancia porque responden ante las necesidades de los países tercer mundistas.   

FUENTES:

lunes, 5 de agosto de 2019

RESPONSABILIDADES Y PROHIBICIONES DEL CONTADOR PÚBLICO

RESPONSABILIDADES DEL CONTADOR

Es importante destacar varios aspectos que merecen ser evaluados acerca de la responsabilidad que le compete al Contador Público, en razón del ejercicio de sus funciones:

COMPROMISO SOCIAL
Significa que ante la sociedad, el Contable debe ser una persona íntegra desde cualquier punto de vista, máxime cuando de su análisis se desprende la evaluación minuciosa de situaciones problémicas, que inciden en actuaciones decisionales por parte los actores empresariales que hacen del entorno contemporáneo, sociedades abiertas a las globalizaciones, a las tecnologías de punta, a la virtualidad permanente, donde las transacciones se hacen cada vez mas polémicas y difíciles de entender y cuya responsabilidad depende cada vez mas de la buena fé, de la fé pública, la cual es entendida como el buen proceder, al cual hay que dar absoluta credibilidad. Por eso es clave que los sistemas de información permitan denotar transparencia y a su vez, que los resultados sean los esperados, mas no los planteados de manera cuestionable que hagan de los resultados, aseveraciones falseadas y que coloquen en grave peligro, circunstancias proyectadas con grandes posibilidades de error y defraudación.

COMPROMISO EMPRESARIAL


Tiene competencia con el diario transcurrir profesional, lo cual también lo conlleva a cuestionarse si es conveniente o no compartir, discutir, plasmar e interpretar de manera adecuada la información que debe corresponder a la realidad, pues es claro que muchas veces este digno profesional es presionado para incluir o excluir tal o cual información, de acuerdo a las necesidades de la Compañías. Es en este momento donde debe primar el bienestar general sobre el bienestar particular y adicionalmente donde debe decidirse acerca del aseguramiento ético en beneficio de la sociedad y del sector empresarial, siempre midiendo las probables consecuencias que le sean de su competencia, entendiendo que muy probablemente la información financiera puede generar grandes traumas o beneficios, dependiendo a quien llegue la misma y la interpretación que se le pueda dar. 

COMPROMISO INTELECTUAL 

En países desarrollados, es considerada la Contaduría Pública como la tercera profesión de mayor riesgo en el ejercicio de sus funciones, lo cual la ha concebido de vital importancia por ser fedataria de hechos económicos de gran trascendencia y que confluyen en asuntos de interés nacional para países, donde su concepto trasciende las fronteras de lo propio, para convertirse en identidad del orden internacional.

No solo se puede hablar de las competencias de la responsabilidad social y empresarial del Contador Público, también se debe analizar la actualización permanente del profesional, lo que lo hace un poco diferente de las demás profesiones, este proceso debe ser continúo.

No puede concebirse la desactualización, en el entendido que de darse tal circunstancia, los desastres organizacionales serían de tal magnitud que seguramente colocarían en altísimo riesgo la continuidad de los negocios y de las empresas en general, por ello es necesaria la capacitación continuada.

PROHIBICIONES PARA LOS CONTADORES PÚBLICOS 
La ley reguladora del ejercicio de la profesión de la contaduría pública y auditoria en el articulo 22 le prohíbe expresamente a los contadores públicos:

a) Emitir dictámenes, informes u opiniones sobre registros contables, estados financieros o sobre cualquier otro documento contable o legal, que no tenga respaldo en libros o documentos o que no sea acorde con la realidad; 

b) Emitir dictámenes, informes u opiniones que afirmen, confirmen o avalen actos, operaciones o registros inexistentes o que se efectuaron en forma distinta a la consignada en dichos dictámenes, informes u opiniones; 

c) Emitir dictámenes, informes u opiniones sobre actos, operaciones o registros que no hayan examinado o verificado directamente o por personal bajo su responsabilidad; 

d) Emitir dictámenes, informes u opiniones sobre asuntos que les sean encomendados por Ley o por voluntad de los interesados, en términos falsos, maliciosos, inexactos o de forma que promuevan confusión; 

e) Efectuar actuaciones profesionales en las empresas donde él, su cónyuge o sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, sean administradores, gerentes, ejecutivos o presten a cualquier título servicios; o donde tengan algún interés particular, o pueda existir conflicto de interés en la misma; 

f) Emitir dictámenes, informes u opiniones a personas o a empresas, sociedades, instituciones o asociaciones donde él, sus socios o accionistas, o empleados, sea el responsable también de la contabilidad en forma directa; 

g) Omitir en sus actuaciones la metodología o procedimientos utilizados así como el nivel de contabilidad estadístico de ellas, cuando la naturaleza del trabajo lo requiera; 

h) Hacer uso de nombres diferentes a los que aparezcan en el Registro del Consejo;

i) EMITIR OPINIONES ANTICIPADAS QUE DENOTEN QUE EL AUDITOR NO ACTUARÁ IMPARCIALMENTE, DE FORMA SESGADA O PREJUICIADA; 

j) FIRMAR EN CALIDAD DE CONTADOR, BALANCES, ESTADOS DE RESULTADOS, ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO Y ESTADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO, SIN HABER EFECTUADO EL TRABAJO CONTABLE EN BASE A NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD Y CÓDIGO DE ÉTICA, ADOPTADOS POR EL CONSEJO; y, 

k) CERTIFICAR BALANCES, ESTADOS DE RESULTADOS, ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO Y ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO, SIN HABER REALIZADO PREVIAMENTE LA AUDITORÍA DE CONFORMIDAD A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA Y CÓDIGO DE ÉTICA, ADOPTADOS POR EL CONSEJO. 

Las demás que señala la Ley.

VALORACIÓN PERSONAL: un contador público tiene adquiere responsabilidades en el ejercicio de la profesión y muchas veces se piensa que solo se responde al empleador y solo se tiene responsabilidad con la entidad, sin embargo también se responde ante la sociedad y al intelecto, a la profesión contable. 
El contador público también tiene limites que no puede rebasar,  el cual regirán el buen funcionamiento de sus deberes.  
  
FUENTES: