El término usura se refiere al interés que alguien cobra cuando presta dinero. En un sentido general, el concepto hace referencia al contrato que implica el crédito y a la ganancia o utilidad del mismo.
La usura, parte de la economía informal del país, moviliza cuantiosos recursos y la ejercen personas inescrupulosas que llenan sus bolsillos valiéndose de la necesidad y urgencia económica de miles de incautos, que caen en sus redes para salir al paso de sus penurias.
La usura es un negocio ilícito viejo. No obstante, con el pasar del tiempo, este negocio sigue en auge y ha crecido, por lo que se constituye en un problema latente del cual se hace impostergable un control estricto a este delito.
Algunas situaciones en las que un préstamo puede considerarse inaceptable para la ley son las siguientes:
- cuando existe un interés notablemente superior y desproporcionado a lo normal;
- cuando la firma se haya realizado en condiciones consideradas como ilegítimas, donde por ejemplo, el prestatario ha aceptado por encontrarse en una situación crítica, no tener experiencia o encontrarse inhabilitado en sus capacidades mentales para tomar dicha decisión;
- cuando se exija como devolución la entrega de una cantidad de dinero que supere considerablemente a la prestada.
Para tal motivo en el salvador se ha implementado LA LEY CONTRA LA USURA considerando:
I.- Que de acuerdo a lo que enuncian los artículos 101 y 102 de la Constitución de
la República, el orden económico debe responder esencialmente a principios de
justicia social, que tiendan a asegurar a todos los habitantes del país una
existencia digna del ser humano y corresponde al Estado fomentar los diversos
sectores de la producción y defender el interés de los consumidores, así como
garantizar la libertad económica en lo que no se oponga al interés social.
II.- Que en este mismo sentido, el artículo 21 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos – Pacto de San José de Costa Rica- ratificado por El Salvador
en 1978, recoge el derecho a la propiedad privada y deja sentado en su numeral
tercero que, tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre
por el hombre deben ser prohibidas por la Ley.
III.- Que en nuestro país existen personas que aprovechándose de la necesidad o la
inexperiencia de otras, les prestan dinero haciéndoles dar o prometer, para sí o
para otros, intereses, garantías u otras ventajas pecuniarias evidentemente
desproporcionadas con su prestación, que se traducen en consecuencias
financieras, económicas y patrimoniales que evidentemente dañan el derecho a
la propiedad de quienes sufren estas prácticas abusivas.
IV.- Que se ha hecho frecuente que personas que habitualmente se dedican a realizar
préstamos de dinero en efectivo, con el ánimo de encubrir préstamos usurarios,
utilicen la compraventa de inmuebles con pacto de retroventa para eludir
formalidades y garantías de la ejecución hipotecaria, haciéndose más fácilmente
de los inmuebles que personas traspasan a su favor en garantía de préstamos
que generalmente se realizan con tasas usurarias.
Para el cual esta ley tiene como objetivo prohibir, prevenir y sancionar las prácticas usureras
con el fin de proteger los derechos de propiedad y de posesión de las personas y evitar las consecuencias
jurídicas, económicas y patrimoniales derivadas de todas las prácticas usureras.
Esta ley fue reformada en sus artículos 6 y 7, referido a la metodología que implementara el banco central de reserva a personas no reguladas y que deberán registrarse en el mismo.
La reforma se emitió el 17 de agosto del 2016, publicada el 09 de septiembre del 2016 en el diario oficial numero 167 tomo 412.
VALORACIÓN PERSONAL: El tema de la usura es muy importante ya que en el país muchas personas se dedican a esto, sin embargo afecta a muchas personas que son despojados de sus bienes por el hecho de endeudarse con usureros, por ese motivo la ley contra la usura se hizo con el fin de combatirlo.
Esta ley se emitió el 06 de diciembre del 2012 y fue publicada el 24 de enero del 2013 en el diario oficial numero 16 tomo 398.
Cabe mencionar que aunque este regulada la usura siempre sigue siendo una problemática en el país, que no se puede arrancar desde la raíz.
FUENTES: